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Guía · Revisado en octubre de 2026

Propiedades en EE.UU. desde Chile: arriendo, venta y el umbral de US$60.000 del impuesto a la herencia

Un departamento en Miami, una casa que se mantuvo al volver a Chile o acciones de empresas de EE.UU. son comunes en familias con vínculos en ambos países. EE.UU. grava estos bienes mientras usted los tiene, cuando los vende y cuando pasan a la siguiente generación. Las reglas cambian mucho según si el dueño es o no ciudadano de EE.UU.

En resumen

  • Una persona que no es ciudadana ni domiciliada en EE.UU. paga impuesto a la herencia de EE.UU. sobre sus bienes en EE.UU. que superen US$60.000, con tasas de hasta 40%. El tratado de renta EE.UU.–Chile no cubre herencias.
  • Los ciudadanos de EE.UU. tienen una exención de herencias y donaciones de US$15 millones en 2026, pero cubre todo su patrimonio mundial, incluidos sus bienes en Chile.
  • Los arriendos de una propiedad en EE.UU. tienen retención de 30% sobre el monto bruto, salvo que el dueño elija tributar sobre la renta neta y presente el Form 1040-NR.
  • Cuando un no residente vende una propiedad en EE.UU., el comprador por lo general retiene 15% del precio por FIRPTA. El impuesto real se determina en la declaración.

Primera pregunta: ¿quién es el dueño?

El impuesto de EE.UU. sobre una propiedad depende del dueño, no de dónde vive:

  • Un ciudadano de EE.UU. o titular de green card que vive en Chile tributa en EE.UU. por sus ingresos mundiales y, al fallecer, por su patrimonio mundial. La exención es amplia.
  • Un chileno sin ciudadanía ni residencia en EE.UU. tributa en EE.UU. solo por ingresos y bienes en EE.UU. La exención del impuesto a la herencia es pequeña.

Las familias mixtas, por ejemplo un ciudadano de EE.UU. casado con una chilena, a menudo tienen un cónyuge en cada grupo. Eso influye en quién debería ser dueño de qué.

Impuesto a la herencia para chilenos con bienes en EE.UU.

Cuando fallece un no residente que no es ciudadano de EE.UU., EE.UU. grava sus bienes ubicados en EE.UU. que superen US$60.000. Las tasas llegan a 40%. El albacea presenta el Form 706-NA dentro de nueve meses desde el fallecimiento, y el IRS debe liberar la herencia antes de que las propiedades o cuentas de inversión en EE.UU. pasen a los herederos.

Los bienes ubicados en EE.UU. suelen incluir:

  • Inmuebles en EE.UU.
  • Acciones de empresas de EE.UU., incluso si están en una corredora fuera de EE.UU.
  • Bienes muebles que están físicamente en EE.UU., como un auto o los muebles de una casa allá.

Los depósitos en cuentas bancarias de EE.UU. y los seguros de vida de EE.UU. por lo general no cuentan para los no residentes. El tratado EE.UU.–Chile cubre solo el impuesto a la renta, así que no hay alivio por tratado para las herencias. Chile también grava las herencias, con tasas de 1% a 25%, por lo que la coordinación entre los asesores de ambos países importa.

Ciudadanos de EE.UU.: exención de US$15 millones sobre todo

En 2026 la exclusión básica para ciudadanos y domiciliados en EE.UU. es de US$15.000.000 por persona, fijada de forma permanente por la ley tributaria de 2025 y reajustada por inflación desde 2027. Pocas familias la alcanzan, pero aplica al patrimonio mundial, incluido el departamento en Providencia y la parcela en el sur.

Dos puntos sorprenden a familias en Chile:

  • Un cónyuge sin ciudadanía de EE.UU. no tiene la deducción matrimonial ilimitada. Las herencias para él o ella pueden requerir un fideicomiso calificado (QDOT), y las donaciones en vida están libres de impuesto solo hasta US$194.000 al año en 2026.
  • Las donaciones sobre US$19.000 por persona en 2026 requieren el Form 709, aunque no haya impuesto que pagar.

Arrendar una propiedad en EE.UU. desde Chile

Para un no residente, el arriendo en EE.UU. tiene por defecto una retención de 30% sobre el arriendo bruto, sin deducciones. La mayoría de los dueños elige tratar el arriendo como renta de negocio: presenta el Form 1040-NR, deduce intereses hipotecarios, contribuciones, reparaciones y depreciación, y suele pagar mucho menos. El estado donde está la propiedad también puede gravarla.

Un ciudadano de EE.UU. en Chile declara el mismo arriendo en el Form 1040 con el Schedule E. Si Chile también lo grava, aplica un crédito para que el ingreso no tribute dos veces por completo.

Vender una propiedad en EE.UU.

Cuando un no residente vende un inmueble en EE.UU., el comprador por lo general debe retener 15% del precio de venta por FIRPTA y enviarlo al IRS. Ese monto es un pago anticipado, no el impuesto final. El vendedor presenta una declaración en EE.UU. para calcular la ganancia real y puede recuperar el exceso. Un certificado de retención solicitado antes del cierre puede reducir el monto retenido.

Donaciones y herencias entre países

Una persona de EE.UU. que recibe más de US$100.000 en un año de una persona extranjera, incluida una herencia de un padre o madre en Chile, lo informa en el Form 3520. No hay impuesto de EE.UU. sobre la donación en sí, pero la multa por no informarla puede llegar a 25% del monto.

La reforma chilena de 2026 rebaja en 50% el impuesto chileno a las donaciones formalizadas entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2027, una vez por donante. Vea nuestra nota sobre la reforma.

Planificar con tiempo

La estructura de propiedad, los seguros de vida, el momento de las donaciones y dónde se mantienen las cuentas de inversión pueden cambiar el resultado. Estas decisiones involucran impuestos de EE.UU., impuestos chilenos y derecho sucesorio de ambos países, por lo que trabajamos junto a un abogado de sucesiones en EE.UU. y un abogado chileno cuando se necesita un plan.

Información general, no asesoría tributaria individual de EE.UU. ni de Chile. Las normas, umbrales y plazos cambian; confírmelos para su situación. Chile US Tax es una práctica independiente, no un organismo de gobierno.